La Corte Suprema de Justicia dejó firme la condena a un grupo de policías por “sedición agravada”, tras una rebelión policial ocurrida en diciembre de 2013 en Concodia, Entre Ríos, por el reclamo de aumentos salariales, que provocó tres muertos y saqueos en la ciudad.
Los condenados son 20, incluyendo a los cabecillas de la revuelta policial, que recibieron penas que llegan a los 4 años y medio de prisión.
Fueron condenados por los delitos de sedición agravada por la condición de funcionarios públicos, privación ilegítima de la libertad, daño calificado, peculado de bienes y lesiones leves reiteradas -dos hechos- en concurso ideal e instigación pública en concurso real.
Entre el 8 y 9 de diciembre de 2013, durante le gestión de Sergio Urribarri, los policías tomaron la Jefatura Departamental de Concordia en medio de movilizaciones por reclamos salariales y mejoras laborales. La rebelión policial se extendió en varias provincias.
La protesta de policías, que dejó sin seguridad las calles de Concordia, ocasionó la muerte de tres personas y saqueos en varios comercios.
Además de los policías imputados en la Justicia, decenas de efectivos en toda la provincia fueron pasados a retiro o trasladados, y muchos de ellos siguen con sumarios administrativos.
La protesta tuvo eco en varias provincias. En total, la violencia que produjo la ausencia de personal policial en las calles durante las primeras semanas de diciembre de 2013 provocó 13 muertes en todo el país.
En julio de 2015, el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concordia, integrado por los jueces Jorge Barbagelata, Silvina Gallo y Darío Perroud, condenó hasta a cuatro años y medio de prisión al oficial Carlos Zaragoza y a los suboficiales José María Biderbos y Leandro Coutinho, considerados cabecillas.
Además los inhabilitó por 9 años para el ejercicio de cualquier tipo de cargo en la función pública.
También condenaron a cuatro años de prisión a los imputados Juan Manuel Rosas, Daniel Chávez, Diego Diferding, Juan Pedro Lacuadra, Alfredo Imaz y Luis Gómez, más el impedimento por ocho años para ejercer cargos en el Estado.
Y recibieron tres años de y medio de cárcel y siete de inhabilitación los imputados Luis Carlino, José Troncoso, Hugo Troncoso, Andrés Paredes, Carlos Paredes y Luis Paredes, Carlos Rozas, y Romero Valdes.
La defensa de los policías apeló. En 2022, la Cámara de Casación Penal de Entre Ríos rechazó el planteo de prescripción de la acción penal y los recursos contra la condena. Al año siguiente, la Sala en lo Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos rechazó las impugnaciones de la defensa y ratificó lo decidido en las instancias previas.
Frente a ello la defensa oficial, en representación de quince imputados, interpuso recurso extraordinario federal que llegó en queja al máximo tribunal.
La Corte tribunal desestimó la presentación por cuestiones formales y dejó firmes las condenas.